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"Partidarios como somos de la libre unión de los sexos, hemos de
ser, necesariamente,
partidarios de la libre desunión. Es obvio, pues, decir que, a
nuestro parecer, no se
precisan códigos civiles ni otorgamientos canónicos para unirse o
desunirse.
Esta sociedad desequilibrada y fuera de quicio (...) acepta como natural y
bueno que el
hombre satisfaga sus necesidades sexuales, pero no perdona a la mujer que
así lo haga.
Y que no se nos diga que el código acepta responsabilidades por igual para
promover el
divorcio. Raros son los casos en que la mujer puede ganar una querella
entablada por ella
a favor de la desunión; como raros son los casos en que el hombre no
la gane entablada
por él a favor de la desunión también.
No es nuestro ánimo entablar querella alguna, (...) Lo que sí está en
nuestro ánimo es
demostrar lo que venimos sosteniendo los libertarios: que las leyes son
un absurdo y no
preservan ni salvan del malestar general....
La naturaleza es inútil quiera cohibírsela con leyes prohibitivas, pues
se manifestará tal
cual es y tal cual siente. Y si no puede encauzársela como quisiera
el legislador moralista,
se comprenderá perfectísimamente que huelga por inútil toda
legislación que a ese
asunto se refiera. Además de que parece lógico que si no vamos a
consultar al cura o
al juez para amar, tampoco necesitemos su venia para dejar de hacerlo.
Y es disposición legislativa romántica y trasnochada la del divorcio,
por cuanto se quiere
reglamentar lo que no admite reglamentos."
15 de junio de 1899
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